La llegada del próximo año 2023 traerá consigo un nuevo impuesto sobre envases de plástico no reutilizables. Según se informa desde la Agencia Tributaria del Gobierno de España, el impuesto “entrará en vigor el 1 de enero de 2023” y “se encuentra regulado en el capítulo I del título VII de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular (artículos 67 a 83)”.
Si quieres saber en qué consiste el nuevo impuesto al plástico de 2023, quédate en este artículo. ¡Te lo contamos en Termoformas!
Novedades del Impuesto al plástico 2023
Una forma de conocer qué es el impuesto plástico 2023 es, sin duda, atendiendo a las novedades que presenta. En concreto, el objetivo principal del nuevo impuesto al plástico es el de reducir la fabricación y el consumo de los plásticos de un solo uso, fomentando los plásticos reutilizables.
El principal objetivo es reducir hasta un 15% la generación de desechos en 2030 respecto a 2010.
Para ello, se gravarán los plásticos de un solo uso, obligando a pagar 0,45 euros por kilo de plástico no reciclado que contenga un envase. Así lo explican en la Ley 7/2022, de 8 de abril:
La base imponible estará constituida por la cantidad de plástico no reciclado, expresada en kilogramos, contenida en los productos objeto del impuesto. El tipo impositivo es de 0,45 euros por kilogramo.
Excepciones del nuevo impuesto
Así, el nuevo impuesto afecta tanto a envases plásticos “vacíos” como a envases plásticos que contengan mercancía, siempre y cuando estos posean parte de plástico no reciclado. Sin embargo, existen algunas excepciones del nuevo impuesto al plástico:
- Envases destinados a medicamentos.
- Envases destinados a productos sanitarios.
- Envases destinados a preparados para lactantes de uso hospitalario.
- Residuos peligrosos de origen sanitario.
- Rollos de plástico para ensilados de uso agrícola y ganadero.
Ámbito territorial del impuesto plástico 2023
En cuanto al ámbito territorial al que afectará este nuevo impuesto, el resumen es que lo hará en todo el país. Tal y como se explica desde la Agencia Tributaria, “el impuesto se aplicará en todo el territorio español, sin perjuicio de los regímenes tributarios forales de concierto y convenio económico en vigor, respectivamente, en los territorios del País Vasco y en la Comunidad Foral de Navarra y de lo dispuesto en los tratados y convenios internacionales que hayan pasado a formar parte del ordenamiento interno”.
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